

El Gobierno oficializó, mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, los cambios en la Ley de Tránsito que habían sido contemplados en la Ley Bases original.
A partir de la nueva normativa, la licencia de conducir será digital y tendrá validez en todo el territorio nacional gracias a la aplicación Mi Argentina. Su renovación podrá efectuarse de manera remota, siempre que el conductor presente una certificación de aptitud física emitida por profesionales o centros médicos acreditados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Por lo tanto, la tarjeta física dejará de ser un requisito obligatorio y pasará a ser opcional.
– Entre 17 y 65 años, renovación cada cinco años.
– Desde los 65 años, el trámite deberá realizarse cada tres años.
– Para quienes superen los 70 años, la renovación será anual.
Además, aquellos que ya posean licencia no tendrán que gestionar una nueva si se mudan a otra provincia o jurisdicción.
La nueva reglamentación permite que la VTV pueda llevarse a cabo en talleres y concesionarias que dispongan del equipamiento adecuado, sin importar en qué jurisdicción se encuentren.
Asimismo, se modificaron los períodos de revisión:
– Los vehículos nuevos realizarán su primera VTV a los cinco años de antigüedad.
– Los que tengan menos de diez años deberán someterse a la verificación cada dos años.
– Para aquellos que superen la década de antigüedad, la revisión será anual.
Otra de las medidas clave es la instalación progresiva de peajes inteligentes en las rutas nacionales. El Ejecutivo apunta a la implementación del sistema TelePASE antes de fin de año, con el propósito de que, a partir de 2026, el 50% de las autopistas operen con el modelo «free flow» (sin barreras) y el otro 50% funcione con cobro automático.